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El número de procesos concursales abiertos en 2009 fue de 6000

A falta de que el INE publique próximamente el cierre del año, ésa es la previsión de los expertos a la vista de lo ocurrido durante los tres primeros trimestres.

*Derecho Mercantil* Cinco Días
13 de enero de 2010

 

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Se trata de una cifra que podría repetirse en el año que ahora comienza debido a la aparente continuidad de la crisis económica. Es lo que aseguraron ayer los expertos Raimon Casanellas, presidente del Registro de Economistas Forenses (Refor), el órgano especializado en procedimientos concursales del Consejo General de Colegios de Economistas, y Julián Barrios, miembro de esta organización y administrador concursal de un buen número de procesos de insolvencia.

Casanellas aseguró que a pesar del "extraordinario aumento" en el número de concursos en los últimos años (los 976 concursos de 2007 se convirtieron en 3.105 en 2008 y se prevé llegar a 6.000 en 2010), el uso del procedimiento concursal en España "está aún muy lejos de la concursalidad de otros países de nuestro entorno como Alemania, Italia o Reino Unido".

Según el presidente del Refor esto se debe a que, además de los problemas operativos con los que se encuentra la propia ley y que la ralentizan excesivamente, "el procedimiento en España está mal visto; está estigmatizado y muchos empresarios alargan hasta que ya no pueden más y ya hay poco remedio la solicitud de concurso de acreedores". Los expertos del Refor señalan que aunque son pocos casos, sí existen ejemplos de empresas que han logrado reflotarse después de pasar por un proceso concursal.

Así, Casanellas opina que la experiencia de la aplicación de la Ley Concursal en estos cinco años que lleva en vigor ha sido "en términos generales positiva". Pero aún existen algunas disfunciones que "hacen a menudo ineficaz el procedimiento concursal, sea para liquidar con rapidez y manteniendo el valor de los activos, sea para permitir la continuidad de las empresas viables, obteniéndose en general una escasa recuperación del crédito".

El Refor constata que, a pesar de que la pequeña reforma de la norma acometida el pasado año a través del Real Decreto Ley 3/2009, que eliminó casi todas las prohibiciones a la propuesta anticipada de convenio para permitir que se negocie antes de la solicitud de concurso, esta opción es aún poco utilizada por las empresas.

Por eso sugieren que la reforma que prepara un grupo de trabajo en el seno del Ministerio de Justicia adopte las medidas necesarias para favorecer aún más los acuerdos preconcursales y en todo caso, para conseguir agilizar los procedimientos, de forma que se obtenga el principal objetivo de la Ley, es decir, la reflotación de las empresas.

Precisamente con el objetivo de reforzar el eficaz funcionamiento de la Ley Concursal, el Refor ha elaborado y hecho llegar al grupo de expertos que prepara la reforma de la norma un decálogo con propuestas encaminadas, por ejemplo, a facilitar la supervivencia de las empresas viables.

Entre otros aspectos, creen que debería regularse lo necesario para facilitar la obtención de crédito por parte de las sociedades concursadas. Opinan que el Banco de España debería eliminar, o al menos reducir, la penalidad de dotaciones en la concesión de créditos a las empresas concursadas. Opinan además que debe rectificarse la Ley de Contratos del Estado para que las empresas en concurso tengan la posibilidad de seguir optando a ellos. Y, de igual modo, piden modificar la Ley General de la Seguridad Social para eliminar la subrogación en el caso de cesión dentro del concurso.

Los expertos del Refor también proponen que, con el objetivo de facilitar la supervivencia de las empresas, se modifique la legislación fiscal para que sea posible obtener de las autoridades fiscales el certificado de estar al día en el caso de que se atiendan los créditos fiscales contra la masa.

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